La Veterinaria de Salud Pública en el Sistema Sanitario español según la ley General de Sanidad
Existen diversas definiciones de Veterinaria de Salud Pública. Incluso existe una discusión doctrinal terminológica del uso de Salud Pública Veterinaria en lugar de Veterinaria de Salud Pública aunque en inglés no hay opción : Veterinary Public Health .
En todo caso si nos centramos en qué es para el sistema sanitario español la Veterinaria de Salud Pública, en adelante VSP , el concepto se clarifica .Cuando la Ley General de Salud Pública omite la VSP, no hace más que remitir por omisión a la otra norma con rango de Ley que trata la VSP y que es la Ley General de Sanidad - LGS. Veamos detenidamente el Art 8.2
“Asimismo, se considera actividad básica del sistema sanitario la que pueda incidir sobre el ámbito propio de la Veterinaria de Salud Pública en relación con el control de higiene, la tecnología y la investigación alimentarias, así como la prevención y lucha contra la zoonosis y las técnicas necesarias para la evitación de riesgos en el hombre debidos a la vida animal o a sus enfermedades”.
Es llamativo que en cada una de las 17 revisiones de la LGS se ha mantenido íntegro el contenido de la VSP del art 8.2
Al hacer una exégesis ( necropsia si el artículo hubiera muerto, pero no es el caso) encontramos:
Cuando dice ..se considera actividad básica del sistema sanitario..quiere decir que está en la base ,sobre lo que se sustenta lo demás, más que fundamental , imprescindible, elemento sine qua non
Cuando dice ..la que pueda incidir..no dice la que incide ni la que incida ni la que puede incidir sino la que pueda incidir, previsión de futuro , apertura a nuevos elementos , nuevas situaciones de salud, estado de la ciencia veterinaria en cada momento. Da cabida a lo que pueda venir..
-años después aparecieron los priones , desafío al concepto y definición de “vida”( proteinas autoreplicantes)
- caso de las resistencias antimicrobianas, anecdótico en los 80 pero actualmente problema número uno del Sistema Sanitario Mundial y con tremenda implicación de la profesión veterinaria.
Cuando dice “sobre el ámbito propio de la Veterinaria de Salud Pública” implica
• Reconocimiento legal expreso de un ámbito profesional propio frente a otras profesiones. Algo que también remarca en 2004 la Ley de Ordenación de Profesiones Sanitarias
Cuando dice sobre el ámbito propio de la Veterinaria de Salud Pública.. el legislador se ha preocupado en poner mayúsculas , lo que implica:
• reforzamiento del concepto, VSP, y por tanto de su campo competencial propio.
• diferenciación dentro de la profesión Veterinaria como campo específico de competencias y diferenciación dentro de la misma Salud Pública.
• (Algunas versiones de texto de webs y artículos lo transcriben sin mayúsculas sin respetar el BOE original. )
Cuando dice …en relación con…en lugar de terminar con “Veterinaria de Salud Pública” y dar por supuesto a qué se refiere, introduce con esta fórmula, para que consten inequívocamente, los elementos que el sistema sanitario considera dentro de la VSP.
Y continúa : en relación con el control de higiene..
• Control : una de las actividades principales que vienen ejerciendo los veterinarios en sus labores de inspección . Los veterinarios responsables de este control ejercen esta actividad que es básica para el sistema sanitario.
• Actualmente y en el futuro es obligatorio el Programa Nacional de higiene en la producción primaria de las producciones ganaderas en toda la UE.
Y continúa ..la tecnología y la investigación alimentarias,
• dos elementos que el sistema sanitario considera propios de la Veterinaria de Salud Pública.
Y sigue con ..así como la prevención y lucha contra las zoonosis…
• No dice sólo prevención que es lo que hace un veterinario en un establecimiento ( desde el matadero hasta la puesta en consumo), o cuando explica un ciclo epidemiológico a personas que van a estar en contacto con animales , dice también lucha y esto implica actuar sobre la población animal que es lo que se hace desde sanidad animal, actividad básica del sistema sanitario ,por tanto. Ej.Lucha contra brucelosis, lucha contra leishmaniosis, salmonelosis en granja,..
• En cuanto a las zoonosis, obviamente no podían faltar pero como veremos a continuación no son las únicas enfermedades animales que interesan al sistema sanitario según la LGS.
Añade ..y las técnicas necesarias para la evitación de riesgos en el hombre
• El objeto y fin es explícito :evitar riesgos en las personas. Un veterinario clínico o de producciones ganaderas tendrá que tenerlo en mente en su actividad pero un veterinario oficial de salud pública tiene este objetivo por actividad . Obviamente es indistinto que ejerza desde departamentos de Salud o departamentos de Sanidad Animal.
Cuando dice ..debidos a la vida animal…
• No se limita solo “a los animales” . Lo amplía a la vida animal, abarcando todo lo que conlleva: el animal, los lugares donde se encuentran , las explotaciones, los vectores animales, Los reservorios, su microbiota, sus producciones, tanto productos como subproductos, bienestar animal ( que dicho sea de paso , es factor que afecta directamente en la salud animal y en la salud pública)
• Y esto justifica en ámbito alimentario el concepto del “control del campo a la mesa” pero también actuaciones en el ámbito de la sanidad ambiental.
Cuando dice para la evitación de riesgos en el hombre debidos a la vida animal o a sus enfermedades..
. Las zoonosis ya constan, por tanto se refiere a sus otras enfermedades que, sin ser zoonosis también puedan generar riesgos para el hombre.
Ejemplos : la lengua azul no es zoonósis pero genera el riesgo de introducir en la cadena alimentaria insecticidas, como ya ha ocurrido, no tanto por incumplimiento de plazos de retirada o por uso en especies para los que no están autorizados ( ejemplo, desinsectantes en caprino sin estar autorizados para esta especie, y que entran en la cadena alimentaria ) o
Las enteritis del conejo no son zoonosis pero motivan el uso sistemático de antimicrobianos que, aún y respetando periodos de supresión y sin generar residuos en carnes generan resistencias antimicrobianas para el hombre.
Fue el brote de fiebre aftosa de 1849 en Madrid lo que obligó a acabar con los veedores de carnes e introducir la inspección veterinaria. Y no por su riesgo de contagio al hombre sino porque conllevaba introducción den la cadena alimentaria humana cadáveres de campo , animales con bacterias oportunistas que complicaban las aftas de origen viral y fármacos y remedios que se usaban sin éxito en un intento de salvar a los animales afectados .
Incluir en el art 8.2 “sus enfermedades”, a pesar de que cabía en “vida animal”, significa una intencionalidad clara : Para la LGS, dentro del sistema sanitario hay que incluir la VSP no solo con las zoonosis, sino también con el resto de enfermedades animales: “ zoonosis y …riesgos en el hombre debidos a la vida animal o a sus enfermedades”, que son cosas diferenciadas pero ambas incluidas en la VSP.
• Totalmente en línea con la visión actual “Un mundo, una sola salud” de la Alianza de OMS-OIE-FAO., pero que no tiene aplicabilidad directamente exigible como lo tendría un texto jurídico.
En conclusión:
La Veterinaria de Salud Pública está contemplada por la ley General de Sanidad vigente, y lo está ni más ni menos que como actividad Básica del Sistema Sanitario.
Al contrario de lo que la ignorancia aconseja, para la LGS y para el Sistema Sanitario, la VSP no se limita a las zoonosis, sino que abarca también las enfermedades que no lo son, pero que puedan suponer riesgos en el hombre.
Y este detalle evidencia que limitar el papel del veterinario de salud publica a la seguridad alimentaria es ignorar que hay zoonosis de transmisión no alimentaria como la rabia, la leishmaniosis, la fiebre del Nilo, y es desconocer que la LGS considera que las enfermedades no zoonósicas también pueden conllevar riesgos en el hombre. Errores ambos que se puede permitir un ciudadano de a pie pero no un profesional sanitario, un gestor sanitario , un asesor de altos cargos , un político o la propia autoridad sanitaria de un país.
No es admisible que las actuaciones veterinarias sobre enfermedades animales se consideren no sanitarias ( lo que ha significado la aplicación de un IVA superior al correspondiente al sanitario, un efecto colateral más de una notoria ignorancia y con serias implicaciones en sanidad animal y salud pública ) ni es admisible que el sistema sanitario delegue de forma absoluta la Sanidad Animal en Agricultura, departamento legítimamente productivista pero no salubrista , cuando una doble dependencia de los recursos humanos en las Administraciones Públicas solventan el problema ni que la profesión veterinaria esté excluida del sistema sanitario, salvo en pocas CCAA y en todo caso sin posibilidad de acceso a las Especialidades en Ciencias de la Salud, otro efecto colateral de la ignorancia.