Marco Aurelio Sánchez Moreiro
Veterinario. Sanidad y Bienestar Animal, Salud Pública.
10 de marzo de 2025
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La profesión Veterinaria y los responsables de animales están protagonizando en las calles españolas y en las redes sociales un rechazo frontal sin precedentes a una normativa del Ministerio de Agricultura porque entienden que pone en riesgo la salud y el bienestar animal y la misma vida de los animales al limitar injustificadamente el criterio del veterinario en los tratamientos.
Se están mezclado asuntos como la lucha contra las resistencias a los antibióticos y su plataforma de notificación PRESVET, con restricciones al resto de medicamentos veterinarios necesarios para evitar dolor, sufrimiento y muerte, que nada tienen que ver con la salud pública.
Las restriciones razonables al uso de antibióticos son necesarias por motivos de Salud Pública pero cuando se diseñan de forma que llevan precisamente a lo contrario son un riesgo para todos. Los pacientes, personas o animales, tratados a dosis inferiores a las que recomienda la evidencia científica lleva a crear las resistencias que se quieren evitar. El problema de los antibióticos es que hace décadas que no se crean nuevos antibióticos y eso implica que los que hay se autorizaron el siglo pasado y sus fichas técnicas están obsoletas con posología y demás términos de autotorización superadas por los conocimientos científicos pero que pueden funcionar cuando el profesional sanitario los usa con otra posología, otras vías de administración, otra duración es decir al margen de la ficha técnica. Los tratamientos sucesivos con antibióticos a dosis que el veterinario sabe que no van a funcionar lo que hace es crear resistencias y pone en peligro la vida del animal.
El uso racional de medicamentos contra el dolor, el sufrimiento, la deshidratación, las enfermedades no infecciosas, no tienen relación alguna con las resistencias antimicrobianas pero las restricciones injustificadas puen llevar a disminución del sistema inmunitario y aumentar la susceptibilidad a procesos infecciosos que acaban requiriendo antibióticos que se podían evitar.
Lo cierto es que esta normativa, el RD 666/2023, normas conexas y en especial la interpretación que hace el Ministerio de Agricultura de la norma comunitaria se extiende más allá de los antibióticos, a todo medicamento veterinario. Los antibióticos, al igual que los estupefacientes tienen regulaciones específicas y no parece razonable que con la excusa de la lucha contra las resistencias a los antibióticos se restrinjan los tratamientos con medicamentos que nada tienen que ver. Hay que abordar el problema de los medicamentos en general, antes de abordar el específico de los antibióticos. Y el problema puede no ser la norma sino su interpretación.
Una Ley sobre la Política Agraria Comunitaria en 2022 modificó la ley de sanidad animal de 2003 creando sanciones desproporcionadas por no notificar en plazo a PRESVET las prescripciones veterinarias. A ello remite el RD 666/2023.
Otra ley, nada que ver con profesiones sanitarias, 𝘭𝘢 𝘓𝘦𝘺 𝟣/𝟤𝟢𝟤𝟧, 𝘥𝘦 𝟣 𝘥𝘦 𝘢𝘣𝘳𝘪𝘭, 𝘥𝘦 𝘱𝘳𝘦𝘷𝘦𝘯𝘤𝘪ó𝘯 𝘥𝘦 𝘭𝘢𝘴 𝘱é𝘳𝘥𝘪𝘥𝘢𝘴 𝘺 𝘦𝘭 𝘥𝘦𝘴𝘱𝘦𝘳𝘥𝘪𝘤𝘪𝘰 𝘢𝘭𝘪𝘮𝘦𝘯𝘵𝘢𝘳𝘪𝘰 ha sido la elegida para deshacer el entuerto en la 𝘋𝘪𝘴𝘱𝘰𝘴𝘪𝘤𝘪ó𝘯 𝘧𝘪𝘯𝘢𝘭 𝘲𝘶𝘪𝘯𝘵𝘢.
En resumen:
𝗔𝗡𝗧𝗘𝗦, 𝗲𝗻𝘁𝗿𝗲 𝗶𝗻𝗳𝗿𝗮𝗰𝗰𝗶𝗼𝗻𝗲𝘀 𝗠𝗨𝗬 𝗚𝗥𝗔𝗩𝗘𝗦: 𝗺𝘂𝗹𝘁𝗮 𝗱𝗲 𝟲𝟬.𝟬𝟬𝟭 𝗮 𝟭.𝟮𝟬𝟬.𝟬𝟬𝟬€
𝟪𝟧.𝟣𝟩. 𝘓𝘢 𝘧𝘢𝘭𝘵𝘢 𝘥𝘦 𝘯𝘰𝘵𝘪𝘧𝘪𝘤𝘢𝘤𝘪ó𝘯 𝘥𝘦 𝘱𝘳𝘦𝘴𝘤𝘳𝘪𝘱𝘤𝘪𝘰𝘯𝘦𝘴 𝘷𝘦𝘵𝘦𝘳𝘪𝘯𝘢𝘳𝘪𝘢𝘴 𝘢 𝘭𝘢 𝘣𝘢𝘴𝘦 𝘥𝘦 𝘥𝘢𝘵𝘰𝘴 𝘗𝘳𝘦𝘴𝘷𝘦𝘵 𝘰 𝘢 𝘭𝘢𝘴 𝘣𝘢𝘴𝘦𝘴 𝘥𝘦 𝘥𝘢𝘵𝘰𝘴 𝘢𝘶𝘵𝘰𝘯ó𝘮𝘪𝘤𝘢𝘴, 𝘦𝘯 𝘤𝘢𝘴𝘰 𝘥𝘦 𝘲𝘶𝘦 𝘦𝘹𝘪𝘴𝘵𝘢𝘯, 𝘦𝘯 𝘭𝘰𝘴 𝘱𝘭𝘢𝘻𝘰𝘴 𝘦𝘴𝘵𝘢𝘣𝘭𝘦𝘤𝘪𝘥𝘰𝘴 𝘦𝘯 𝘭𝘢 𝘯𝘰𝘳𝘮𝘢𝘵𝘪𝘷𝘢 𝘱𝘰𝘳 𝘱𝘢𝘳𝘵𝘦 𝘥𝘦𝘭 𝘷𝘦𝘵𝘦𝘳𝘪𝘯𝘢𝘳𝘪𝘰 𝘱𝘳𝘦𝘴𝘤𝘳𝘪𝘱𝘵𝘰𝘳.
𝗔𝗛𝗢𝗥𝗔: 𝗲𝗻𝘁𝗿𝗲 𝗶𝗻𝗳𝗿𝗮𝗰𝗰𝗶𝗼𝗻𝗲𝘀 𝗟𝗘𝗩𝗘𝗦: 𝗺𝘂𝗹𝘁𝗮 𝗱𝗲 𝟲𝟬𝟬 𝗮 𝟯.𝟬𝟬𝟬€ 𝗼 𝗮𝗽𝗲𝗿𝗰𝗶𝗯𝗶𝗺𝗶𝗲𝗻𝘁𝗼
«𝟪𝟥.𝟣𝟧. 𝘓𝘢 𝘧𝘢𝘭𝘵𝘢 𝘥𝘦 𝘯𝘰𝘵𝘪𝘧𝘪𝘤𝘢𝘤𝘪ó𝘯, 𝙨𝙞𝙣 𝙘𝙖𝙪𝙨𝙖 𝙟𝙪𝙨𝙩𝙞𝙛𝙞𝙘𝙖𝙙𝙖, 𝘥𝘦 𝘱𝘳𝘦𝘴𝘤𝘳𝘪𝘱𝘤𝘪𝘰𝘯𝘦𝘴 𝘷𝘦𝘵𝘦𝘳𝘪𝘯𝘢𝘳𝘪𝘢𝘴 𝘢 𝘭𝘢 𝘣𝘢𝘴𝘦 𝘥𝘦 𝘥𝘢𝘵𝘰𝘴 𝘗𝘳𝘦𝘴𝘷𝘦𝘵 𝘰 𝘢 𝘭𝘢𝘴 𝘣𝘢𝘴𝘦𝘴 𝘥𝘦 𝘥𝘢𝘵𝘰𝘴 𝘢𝘶𝘵𝘰𝘯ó𝘮𝘪𝘤𝘢𝘴, 𝘦𝘯 𝘤𝘢𝘴𝘰 𝘥𝘦 𝘲𝘶𝘦 𝘦𝘹𝘪𝘴𝘵𝘢𝘯, 𝘦𝘯 𝘭𝘰𝘴 𝘱𝘭𝘢𝘻𝘰𝘴 𝘦𝘴𝘵𝘢𝘣𝘭𝘦𝘤𝘪𝘥𝘰𝘴 𝘦𝘯 𝘭𝘢 𝘯𝘰𝘳𝘮𝘢𝘵𝘪𝘷𝘢, 𝘱𝘰𝘳 𝘱𝘢𝘳𝘵𝘦 𝘥𝘦𝘭 𝘷𝘦𝘵𝘦𝘳𝘪𝘯𝘢𝘳𝘪𝘰 𝘱𝘳𝘦𝘴𝘤𝘳𝘪𝘱𝘵𝘰𝘳, 𝘰 𝘭𝘢 𝘤𝘰𝘮𝘶𝘯𝘪𝘤𝘢𝘤𝘪ó𝘯 𝘥𝘦 𝘥𝘢𝘵𝘰𝘴 𝘦𝘳𝘳ó𝘯𝘦𝘰𝘴 𝘢 𝘵𝘢𝘭𝘦𝘴 𝘣𝘢𝘴𝘦𝘴 𝘥𝘦 𝘥𝘢𝘵𝘰𝘴 𝘱𝘰𝘳 𝘱𝘢𝘳𝘵𝘦 𝘥𝘦𝘭 𝘷𝘦𝘵𝘦𝘳𝘪𝘯𝘢𝘳𝘪𝘰 𝘱𝘳𝘦𝘴𝘤𝘳𝘪𝘱𝘵𝘰𝘳.
En la ubicación anterior, entre infracciones muy graves, atentaba contra el principio constitucional de proporcionalidad, clave para impedir abusos de poder y limitar el poder punitivo del Estado.
Además, la redacción actual introduce un elemento más y es que se cometa sin causa justificada. Un veterinario ya no tendrá que vender su vivienda para pagar una multa por no poder notificar la receta de aspirina a un pollo (sí, está sujeta a prescripción veterinaria), por tardar más el plazo para registrar el REGA que el plazo para notificar la receta. PRESVET es solo para antibióticos pero otras plataformas autonómicas (RECEVEX...) son para todo medicamento y tienen otros plazos menores que PRESVET. Si no se ha tenido en cuenta no será por hacer daño sino por ignorancia y/o indiferencia manifiesta. En todo caso, un avance.